Ministros Extraordinarios de la Comunión Eucarística
Seccion San Miguel Arcangel
Es un ministerio laical contemplado en la Iglesia Católica y estipulado en el Canon 230, "Donde lo aconseje la necesidad de la Iglesia y no haya ministros, pueden los laicos, suplirles en algunas de sus funciones". Esto quiere decir, que dichos laicos pueden ejercitar el ministerio de la palabra, presidir las oraciones litúgicas, administrar el bautismo y dar la sagrada Comunión
Para recibir este ministerio el mismo documento 'Immensae Caritatis' pide que el fiel, hombre o mujer que será instituido como ministro extraordinario de la Sagrada Comunión, deba estar adecuadamente instruido y ser recomendable por su vida, por su fe y por sus costumbres. La idoneidad de la persona: "No sea elegido nadie cuya designación pudiera causar admiración a los fieles".



![Toma de posesión del P. Martín] Toma de posesión del P. Martín]](http://farm4.static.flickr.com/3641/3519238391_f96896d16a_t.jpg)

